
CAMTIC se opone a texto sustitutivo sobre Ley para la Creación de la Agencia Nacional de Gobierno Digital
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Afirma que contiene serias fallas técnicas que pueden propiciar escenarios perniciosos para el erario.
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Texto original fue negociado durante casi dos años lográndose consenso entre múltiples actores y fue avalado por comisión de Ciencia y Tecnología.
Prensa CAMTIC | boletinclic@camtic.org
La Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación (CAMTIC) manifestó su oposición al texto sustitutivo que se adjuntó recientemente al Expediente 21180 Ley de Creación de la Agencia Nacional de Gobierno Digital ya que contiene, entre otras cosas, serias fallas técnicas que pueden propiciar escenarios perniciosos para el erario y contraproducentes para el tejido económico y social, ya desgastado por la actual crisis.
Según detallaron representantes de CAMTIC, la cámara es fiel creyente de la necesidad de una Agencia Nacional de Gobierno Digital que acelere los procesos de trasformación digital del estado, tan necesarios y urgentes para el país, pero no tiene sentido iniciar con un proyecto nuevo cuando el texto original fue discutido y analizado durante dos años y se logró consenso entre múltiples actores como el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), la Cámara de Infocomunicaciones (Infocom), el Colegio de Profesionales en Informática (CPIC), el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC) el Ministerio de Hacienda y el mismo CAMTIC.
Además, el proyecto original fue avalado el pasado 24 de junio por la Comisión Legislativa de Ciencia y Tecnología.
El Proyecto de Ley para la Creación de la Agencia Nacional de Gobierno Digital ha sido conducido por un trayecto de casi dos años de conversación y negociación, buscando las mejores herramientas posibles para que, en el marco de la legislación costarricense y atendiendo los principios de probidad, transparencia, eficacia y eficiencia, la Agencia pudiese garantizar la facilitación de conocimiento técnico para la generación de soluciones transversales, comunes a toda la institucionalidad pública del país”, afirmó el director ejecutivo de CAMTIC, Christian Sánchez Alcázar.
Otras de las razones por las cuales esta organización se opone al texto sustitutivo son la siguientes:
- Hay menciones atinentes a dotar a este órgano con desconcentración máxima, lo que generaría una estructura paralela, sin subordinación a ningún ente del Estado y con capacidades suficientes para duplicar funciones que otras dependencias ya están atendiendo.
- Se pretende brindar personería jurídica instrumental a la Agencia lo que, en el marco de la crisis económica y déficit del Estado, conduce a generar más gasto público, además de sustraer o repetir competencias del ente Rector en la materia, el cual es el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
- Otorga funciones de contralor en aspectos relacionados a la prestación de “servicios digitales”, aspecto que no se condice con las atribuciones que ya de por sí ostenta la Contraloría General de la República, por lo que, entre otras cosas, se le estaría dando potestades de juez y parte.
“En vista de lo anterior y con pleno conocimiento de la responsabilidad que nos embarga, CAMTIC hace un llamado respetuoso al público en general para hacer el control ciudadano correspondiente, y a los señores y señoras diputadas que, sin duda, conducen su labor apegados a la ética y responsabilidad inherente que demandan estos tiempos de crisis, a sopesar el alcance de las propuestas de proyecto de ley”, expresó Sánchez Alcázar.
Por un lado, agregó, “estaría la versión que cuenta con el consenso del sector público y privado y que se sirve de las mejoras prácticas de negociación, acuerdo y construcción participativa, o la versión unilateral con puntos de mejora de forma y especialmente, de fondo que pueden brindar resultados contraproducentes a los principios que rigen a la Administración Pública en su conjunto”.
CAMTIC pone a disposición de quien esté interesado, el proyecto de Ley que se trabajó de forma colaborativa junto con las observaciones enviadas a la Asamblea Legislativa para su revisión y consulta.
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