Cámaras empresariales enfatizan importancia del veto a “ley de fotocopiado”
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El fotocopiado con fines académicos ya está garantizado en la legislación de Costa Rica y en convenios internacionales
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Veto de la Presidenta Laura Chinchilla al proyecto 17.342 protege al sector creativo de Costa Rica y respalda la protección de las ideas
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Las reformas a la “Ley de Procedimientos de Observancia de Derechos de la Propiedad Intelectual” desprotegerían profundamente al sector creativo costarricense
La Cámara Costarricense del Libro (CCL), la Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación (CAMTIC), la Asociación de Profesionales en Propiedad Intelectual de Costa Rica (APPICR) y la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham) enfatizan la importancia del veto al decreto legislativo 9054: “Reforma de Varios Artículos de la Ley de Procedimientos de Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual”, que efectuó la Presidenta de la República, Laura Chinchilla, para garantizar la protección de los derechos de propiedad intelectual en Costa Rica.
Estas agrupaciones empresariales manifestaron, desde el 9 de Julio, 2012, su apoyo al fotocopiado con fines educativos. Sin embargo, el proyecto que se tramitó bajo el expediente 17.342 iba más allá de la protección del derecho al fotocopiado con fines académicos para los estudiantes, pues eliminaba todas las penas de cárcel para todos los delitos contra la propiedad intelectual.
Esto hubiese desprotegido a un sector que sólo en el campo de tecnologías digitales genera 80 mil empleos directos y 80 mil indirectos, los cuales representan el 9% de la Población Económicamente Activa, que podría haber visto en riesgo sus puestos de trabajo. En la industria ligada a los libros, por su parte, se generan unos 11 mil empleos directos y 5 mil indirectos.
La mayoría de las organizaciones del sector de tecnologías digitales son pequeñas y medianas empresas, las cuales requieren de la protección de la propiedad intelectual para mantener sus modelos de negocios. Por su parte, los profesionales ligados a la producción, circulación y consumo de textos impresos también se verían afectados, incluyendo a editores, ilustradores, diseñadores gráficos, correctores de estilo, filólogos, fotógrafos, distribuidores y libreros.
No es cierto, por lo tanto, que el veto beneficia los intereses de grandes compañías transnacionales.
El primero de octubre anterior, la Cámara Costarricense del Libro, la Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación (CAMTIC), la Cámara de Comercio de Costa Rica y la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham) enviaron a los diputados de la Asamblea Legislativa una carta en la que explicaron los motivos por los cuales el veto al decreto legislativo 9054 fue necesario.
El fotocopiado está garantizado
Por otro lado, es importante enfatizar que el fotocopiado con fines académicos ya está garantizado en la legislación costarricense, pues desde el año 2008 se incorporaron en nuestro sistema jurídico dos artículos (art. 73 de la Ley 6683 y art. 58 de la Ley 8039) que regulan la excepción académica y respaldan a cualquier estudiante que desee sacar copias de libros, siempre y cuando no se copie la obra completa y se haga para uso académico o pedagógico, es decir, según los usos honrados.
Tampoco son ciertos los argumentos de que la legislación actual impone penas de cárcel a todos los delitos contra propiedad intelectual. Las penas son escalonadas, según la gravedad del delito cometido y ninguna de ellas se aplica a los estudiantes que fotocopien con fines académicos, ya que este derecho ya está garantizado.
En Costa Rica, el artículo 73 de la ley 6683 quedó redactado de forma tal, que no limita la excepción académica a estudiantes, de manera que si la empresa de copiado está sacando fotocopias para antologías o publicaciones académicas, sus actos quedarían plenamente amparados en la excepción académica.
El único límite que pone ese artículo, y que coincide con los artículos 9 y 10 del convenio de Berna, son los usos honrados, es decir, que debe verificarse que no se saquen clones, sino fotocopias de capítulos o artículos que sí aporten a una antología, acompañados por la fuente y nombre del autor. Asimismo, el artículo 58 de la ley 8039 excluye como delitos a las fotocopias con fines académicos, con independencia de quién y cómo las obtuvo.
El veto protege al sector creativo
Más que garantizar una excepción académica, que ya de por sí está contemplada en la legislación, las reformas a la Ley de Procedimientos de Observancia de la Propiedad Intelectual se hubiesen convertido en una regla de fotocopiado indiscriminado, además de abrir el portillo para la comercialización ilegal de software, música, películas, creaciones multimedia, libros, pinturas, planos arquitectónicos, entre otros.
El veto establecido por la Presidenta Chinchilla a este decreto legislativo constituye una defensa a la protección de la propiedad intelectual y los derechos de autor, que están garantizados en el artículo 47 de la Constitución Política de Costa Rica.
El veto al proyecto 17.342 protege al sector creativo del país y respalda la protección de las ideas en Costa Rica, un país que busca posicionarse como centro de innovación y que ha logrado diversificar sus exportaciones impulsada por los servicios de desarrollo de software, animación digital, soporte técnico, ingeniería y arquitectura, entre otros, tal y como lo informó el ministerio de Comercio Exterior el 3 de Octubre anterior, cuando anunció que los servicios de tecnologías de información y comunicación y los servicios empresariales igualaron a las exportaciones agrícolas y casi alcanzaron a la actividad turística.
Contactos de prensa:
Sandra Angulo
Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación(CAMTIC)
Coordinadora de Comunicación
Tel. (506) 2283-2205
Cel. (506) 8843-8183
Alfredo González
Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio(AmCham)
Coordinador de Comunicación
Tel. (506) 2220-2200
Cel. (506) 8914-9043
Luis Bernal Montes de Oca Figueroa
Cámara Costarricense del Libro (CCL)
Presidente
Tel. (506) 2273-4758
Cristian Calderón
Asociación de Profesionales en Propiedad Intelectual de Costa Rica (APPICR)
Presidente
Tel. (506) 2231-7060 Cel. (506) 6059-6626
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