CAMTIC y AmCham reciben con agrado decreto que reglamenta fotocopiado con fines académicos
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Cámaras empresariales respaldan fotocopiado con fines académicos y se oponen al resello del proyecto 17.342.
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Veto era necesario pues el proyecto de ley iba más allá del fotocopiado con fines académicos y proponía despenalizar todos los delitos contra la propiedad intelectual.
Comunicado de prensa | prensa@camtic.org
La Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación(CAMTIC) y la Cámara Costarricense Norteamericana de Comercio (AmCham) recibieron con agrado el decreto firmado por la presidenta de La República, Laura Chinchilla Miranda, este 22 de Octubre, 2012.
Dicho decreto adiciona un artículo 35 bis al Reglamento a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos Nº 24611-J que dice lo siguiente:
“Por aplicación del principio de la excepción académica establecido en el artículo 73 de la Ley Nº 6683, en el último párrafo del artículo 54 y en el artículo 58 de la Ley Nº 8039, es permitida la complicación, la utilización y la reproducción de obras, incluyendo antologías, emisiones de radio o grabaciones sonoras o visuales, en la medida requerida para cumplir fines ilustrativos para la enseñanza, con tal de que esa compilación, utilización o reproducción sea conforme a los usos debidos definidos en el artículo 3.37 del presente Reglamento, y se mencione la fuente y el nombre del autor, si este nombre figura en la fuente. De conformidad con lo anterior, en ningún caso es permitido que se persiga un fin de lucro por parte del usuario que solicita la reproducción de obras con fines académicos.
El servicio de reproducción es permitido siempre y cuando la reproducción de parte de la obra se haga amparada a la excepción académica. Quedan excluidos de la excepción académica los programas de cómputo”.
CAMTIC y AmCham coinciden en que este artículo reglamenta el fotocopiado con fines educativos para brindar mayor seguridad jurídica, tanto a los estudiantes como a los prestadores del servicio de fotocopiado, en el marco de la excepción académica.
“La adición que propone el decreto viene a reglamentar el tema de la excepción académica en el fotocopiado, permitiendo aclarar que el tema del lucro se refiere a los usuarios y no a las fotocopiadoras, las cuales tendrán el derecho a brindar el servicio de fotocopiado libremente a cualquier usuario que apele al uso de la excepción académica. Reafirmamos la necesidad de continuar con el marco regulatorio actual, pues protege las creaciones e ideas hechas en Costa Rica“, explicó Alexander Mora Delgado, presidente de CAMTIC.
Desde el 9 de Julio anterior, ambas cámaras empresariales manifestaron su oposición al Proyecto de Ley 17.342, que pretendía reformar varios artículos de la ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de la Propiedad Intelectual. Esta oposición se basa en que dicho proyecto proponía la despenalización de todos los delitos contra la propiedad intelectual.
“Desde un principio, hemos manifestado nuestro apoyo a la excepción académica, es decir, a la posibilidad de fotocopiado con fines educativos. En ese sentido, también apoyamos y aplaudimos la aclaración hecha mediante el decreto firmado el día de hoy, en tanto enmarca, enfatiza y brinda mayor seguridad jurídica a la posibilidad de fotocopiar para estudiar, en el marco de la regla de los usos honrados”, recalcó José Antonio Muñoz, Presidente de AmCham.
CAMTIC y AmCham recalcan su apoyo a cualquier acción que permita proteger la excepción académica en Costa Rica, pero insiste en que el veto del proyecto 17.342 era necesario para proteger al sector creativo nacional, pues el proyecto de ley, conocido popularmente como Ley Villalta, desprotegería a la industria creativa de Costa Rica.
Sólo en el campo de las tecnologías digitales, esta industria creativa genera 80 mil empleos directos y 80 mil empleos indirectos en empresas de desarrollo de software, animación digital, soporte técnico, diseño web, entre otras.
La mayoría de las organizaciones del sector digital costarricense son pequeñas y medianas empresas, las cuales requieren de la protección de la propiedad intelectual para mantener sus modelos de negocios.
Contactos de prensa
Sandra Angulo, CAMTIC
Tel. (506) 2283-2205 sangulo@camtic.org
Alfredo González, AmCham
Tel. (506) 8914-9043 agonzalez@amcham.co.cr
Sobre CAMTIC
La Cámara de Tecnología de Información y Comunicación (CAMTIC) nació en 1998 con la idea de formar un bloque estratégico que permitiera fortalecer y apoyar al sector de las tecnologías de información y comunicación(TIC) de Costa Rica y hoy en día representa la única organización en su categoría en Centroamérica.
En la actualidad, CAMTIC ocupa la Vicepresidencia Ejecutiva de la Asociación Latinoamericana de Entidades de Tecnologías de Información (ALETI) y la Vicepresidencia de la Federación Internacional de Asociaciones de Multimedia (FIAM). Además, es miembro activo de la Alianza Mundial de Tecnologías de Información y Servicios(WITSA).
Acerca de AmCham
El propósito principal de la Cámara Costarricense Norteamericana de Comercio (AmCham) es el de contribuir a crear más y mejores oportunidades de desarrollo para el país, promoviendo las libertades empresariales e individuales y profundizando los vínculos comerciales entre Costa Rica y Estados Unidos de América.
Desde hace más de 37 años cumple esta misión presentando propuestas pragmáticas que contribuyan a mejorar el clima de negocios para sus cerca de 400 empresas afiliadas, que representan el 80 por ciento de las exportaciones de Costa Rica y el 80 por ciento de la inversión extranjera directa en nuestro país.
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