Portabilidad numérica: Un derecho de los usuarios
Oscar Noé Avila Molina | boletinclic@camtic.org
En los últimos meses hemos escuchado bastante sobre la portabilidad numérica; sin embargo, una gran mayoría de los usuarios de la telefónica móvil en Costa Rica continúa sin conocerla y sin saber que, en el fondo, es UN DERECHO DEL USUARIO.
Suponemos que ello se debe a que no se le ha dado un enfoque informativo, ya que hemos visto que toda noticia en torno a la portabilidad numérica va dirigida hacia temas polémicos sobre su proceso de implementación, como sucedió con la noticia publicada en torno a la supuesta relación comercial entre la empresa Telefónica y la empresa española Informática El Corte Inglés.
En otros países los entes reguladores, similares a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), han realizado campañas informativas sobre el proceso de implementación de la portabilidad numérica, con la intención de informar a todos los usuarios sobre ese derecho, pues, a fin de cuentas, serán los usuarios quienes decidan si hacen uso o no de ese derecho, y eso requiere de información oportuna y clara.
En palabras sencillas, la portabilidad numérica es el derecho que tienen los usuarios de conservar su número telefónico (sea móvil o fijo) en caso de que deseen cambiar de operador del servicio telefónico. Dicho cambio debería realizarse sin menoscabar la calidad, confiabilidad o conveniencia del servicio.
En Costa Rica, de momento se dará una portabilidad numérica parcial, pues solo se aplicará al servicio detelefónica móvil.
Según un estudio reciente realizado por la firma Signal Telecom Group para la SUTEL, en otros países la portabilidad numérica ha funcionado para que los operadores móviles introduzcan promociones más agresivas que buscan proteger su cartera de abonados o, incluso, para captar nuevos abonados por medio del empaquetamiento de servicios.
Ya se ha determinado que la portabilidad numérica no genera un éxodo masivo de usuarios de un operador a otro, ni necesariamente beneficia al operador más pequeño del mercado. Tanto es así que en la mayoría de países de Latinoamérica donde ya se ha implementado la portabilidad numérica, el porcentaje total de números portados es inferior al 1% (en Brasil un 0,98%, en Colombia un 0,91%, en México un 0,67%, en Ecuador un 0,62%, y en República Dominicana un 0,39%).
También se ha determinado que la principal razón para migrar a otro operador es la búsqueda de un servicio de mejor y mayor calidad y cobertura; sin embargo, consideramos que el precio también va a ser un factor determinante para migrar a otro operador.
Según las “buenas prácticas” internacionales, el proceso de implementación de la portabilidad numérica no debe tardar más de cinco días hábiles. En Costa Rica, la SUTEL ha definido que la operación de la portabilidad numérica no deberá demorar más de 3 días hábiles durante el primero año de implementación y un día hábil a partir del segundo año de implementación. Algunos estudios sobre la portabilidad numérica señalan que entre más ágil y expedito sea la operación, existe la posibilidad de que se logre una mayor cantidad de números portados.
Otro elemento a considerar son los contratos con operadores (planes post-pago), pues son considerados una de las principales barreras que podrían enfrentar los usuarios, ya que tendrían que esperar hasta que venza el contrato para poder cambiarse de operador.
En síntesis, la portabilidad numérica es un derecho de los usuarios que incluye el derecho a elegir el operador, el derecho a que se realice el cambio (portabilidad numérica) dentro de un plazo razonable y sin afectar el servicio, el derecho a exigir un servicio de calidad por parte del nuevo operador, y por último, el derecho a exigir a la SUTEL y demás entidades públicas y privadas involucradas en el proceso, la pronta y eficiente implementación de la portabilidad numérica en nuestro mercado.
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